Declaración de renta 2026: si tu cédula termina entre 39 y 66, tu plazo vence entre el 9 y el 28 de septiembre

Si los dos últimos dígitos de tu cédula están entre 39 y 66, tu declaración de renta del año gravable 2025 vence entre el 9 y el 28 de septiembre de 2026. En P&P Consultores te contamos exactamente qué día te corresponde y qué debes tener listo para declarar sin errores ni multas.
¿Quién está obligado a declarar renta en 2026?
No todas las personas naturales deben presentar declaración de renta. Estás obligado si en 2025 cumpliste al menos una de estas condiciones:
Tus ingresos totales fueron iguales o superiores a $69.719.000 (1.400 UVT).
Tus consumos con tarjeta de crédito superaron los $69.719.000.
El valor de tus compras y consumos totales superó los $69.719.000.
Tus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones acumuladas fueron iguales o superiores a $69.719.000.
Tu patrimonio bruto al cierre de 2025 fue igual o superior a $224.096.000 (4.500 UVT).
Si no estás seguro de si te aplica alguno de estos topes, escríbenos y lo revisamos contigo sin costo.
Calendario: vencimientos del 9 al 28 de septiembre de 2026
Según el calendario tributario de la DIAN, estas son las fechas exactas para este tramo:
Últimos 2 dígitos de la cédula | Fecha de vencimiento |
39 y 40 | 9 de septiembre |
41 y 42 | 10 de septiembre |
43 y 44 | 11 de septiembre |
45 y 46 | 14 de septiembre |
47 y 48 | 15 de septiembre |
49 y 50 | 16 de septiembre |
51 y 52 | 17 de septiembre |
53 y 54 | 18 de septiembre |
55 y 56 | 21 de septiembre |
57 y 58 | 22 de septiembre |
59 y 60 | 23 de septiembre |
61 y 62 | 24 de septiembre |
63 y 64 | 25 de septiembre |
65 y 66 | 28 de septiembre |
Nota: el calendario de la DIAN no asigna ninguna fecha de vencimiento el 29 ni el 30 de septiembre — después del 65-66 (28 de septiembre), el siguiente vencimiento es el 67-68 el 1 de octubre. Si tu cédula termina en un número mayor a 66, tu plazo es en octubre; te contamos esas fechas en nuestra próxima publicación.
(Recuerda: se toman los dos últimos dígitos del NIT/cédula, sin el dígito de verificación.)
¿Qué pasa si no declaras a tiempo?
Presentar tu declaración después de la fecha que te corresponde genera una sanción por extemporaneidad, que se calcula sobre el impuesto a cargo o el patrimonio, más los intereses de mora correspondientes. Incluso si no tienes que pagar impuesto, declarar tarde también puede generar sanciones. Por eso es mejor no dejarlo para el último día.
Cómo te ayudamos en P&P Consultores
En Proyectos y Procesos Consultores Gerenciales S.A.S. acompañamos tu declaración de principio a fin:
Revisamos tu información y te confirmamos si estás obligado a declarar.
Verificamos que no se te pase ningún ingreso, deducción o beneficio tributario al que tengas derecho.
Presentamos tu declaración directamente ante la DIAN, dentro del plazo que te corresponde.
Te dejamos un soporte claro de tu declaración presentada y tu pago realizado.
Si tu cédula termina entre 39 y 66, tu fecha ya está corriendo. Escríbenos por WhatsApp al 3113581313 y agenda tu asesoría hoy — te confirmamos tu fecha exacta y lo que necesitas para declarar tranquilo.





Comentarios